Dictamen N° 75259/2015
N° 75.259 Fecha : 22-IX-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que constituye provisionalmente un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas a favor de Compañía Auxiliar de Electricidad del Maipo S.A., por cuanto del análisis del expediente adjunto no consta que se hubiere subsanado la observación formulada a través del oficio N° 92.238, de 2014, y reiterada, por medio del N° 3.637, de 2015, ambos de este origen, en relación con la personería de quien comparece en representación de la empresa interesada. Asimismo, cumple con anotar, tal como se consignó en el primero de los oficios indicados, que el predio donde se encuentra ubicado el pozo de que se trata se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, y no como señala el resuelvo tercero del documento analizado. Transcríbase a la Dirección General de Aguas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación