Dictamen CGR

Dictamen N° 7551/2017

2017-03-06 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcance la resolución N° 15, de 2017, del Servicio de Impuestos Internos

N° 7.551 Fecha: 06-III-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que fija para el año 2017, en el Servicio de Impuestos Internos -SII- , los porcentajes de la asignación de supervisión para los cargos de jefatura. No obstante, cumple con hacer presente que el inciso primero del artículo 7° de la ley N° 19.646 establece el referido beneficio en favor de los cargos de jefatura del SII, pertenecientes a la planta de Directivos y a las plantas de Profesionales y Fiscalizadores que ejerzan funciones de supervisión, asignadas expresamente por resolución del Director del Servicio, y en tanto cumplan dicha función. Agrega que, para los fines de dicha ley, en ningún caso podrán asignarse tareas de supervisión a más del 30% de los funcionarios que conformen las plantas de Profesionales y Fiscalizadores. Enseguida, el inciso sexto del mismo precepto señala que el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, mediante resolución exenta, establecerá el número máximo de funcionarios que podrá percibir la asignación conforme a lo dispuesto en este artículo y las demás normas necesarias para su otorgamiento. Por último, el inciso final de anotado artículo 7° indica que la dictación y modificación de la resolución mencionada en el inciso sexto deberán considerar mecanismos de consulta e información a las asociaciones de funcionarios. Ahora bien, es necesario hacer presente que si bien en esta oportunidad la referida resolución no ha sido dictada, el SII acompaña un certificado en el que se fija el porcentaje de funcionarios profesionales y fiscalizadores que percibirán la asignación y la resolución N° 2.519, de 2016, de ese organismo, que expresa los criterios para su otorgamiento, la que según sostiene el anotado servicio, fue consultada con las respectivas asociaciones gremiales de esa institución, para lo cual adjunta una copia de las noticias de su intranet institucional que da cuenta de aquello. No obstante, en lo sucesivo, el SII deberá dictar la resolución a que se refiere el inciso sexto del artículo 7° de la ley N° 19.646, dando cumplimiento a todas las exigencias que señala dicho precepto. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República