Dictamen N° 75601/2013
N° 75.601 Fecha : 20-XI-2013 Esta Contraloría General, en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, en orden a ejercer el control de la legalidad de los actos de la Administración y velar por el resguardo del patrimonio público, lo cual incluye cautelar el funcionamiento de las entidades públicas sometidas a su control y el acatamiento de los Principios de Legalidad, Probidad y Continuidad del Servicio Público; al tenor de lo previsto en los artículos 98 de la Carta Fundamental; 1°, 6° y 21 A de la ley N° 10.336; 2°, 3 0 , 11 y 13 de la ley N° 18.575; así como lo previsto en la ley N° 18.883; y, considerando, además, las diversas denuncias recibidas en relación con la paralización de actividades del sector municipal, desarrollada desde el día 16 de octubre último, ha estimado necesario solicitar a los Alcaldes del país, en su calidad de jefes de servicio de las respectivas corporaciones edilicias, la siguiente información: 1. Circunstancia de haber participado el personal de la respectiva municipalidad, en paralización de actividades, totales o parciales, en los meses de octubre y noviembre del año en curso; con el detalle del periodo no trabajado por cada funcionario, en su caso. 2. Acciones dispuestas por esa autoridad, con el objeto de contar con medios, antecedentes o elementos de juicio para comprobar objetivamente que, en determinado periodo, no se han desarrollado las funciones para las cuales fueron nombrados o contratados los servidores, incluso en el caso que, no obstante asistir a su lugar de trabajo, no realizaron las tareas propias de su cargo. 3. Medidas adoptadas por esa entidad edilicia para asegurar la continuidad de los servicios municipales que debe prestar a la comunidad. 4. Situación del pago de remuneraciones correspondiente al mes de octubre y noviembre, considerando los días no trabajados por el personal. La información respectiva será utilizada para ponderar y resolver sobre la necesidad de practicar las auditorías que correspondan, según el resultado de la presente circularización y el análisis de los datos consolidados a nivel nacional, y deberá remitirse en el término de 10 días hábiles a la Unidad Técnica de Control Externo de la División de Municipalidades de esta Contraloría General, o a la respectiva Contraloría Regional, según proceda. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República