Dictamen CGR

Dictamen N° 75661/2014

2014-10-02 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 75.661 Fecha : 02-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3142, conducido por su funcionario, señor Roberto Alexis Navarro Araneda, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 22 de agosto de 2013, ese empleado se desplazaba en el citado móvil por el Pasaje José Manuel Balmaceda, y al llegar a la intersección con el Pasaje Andrés Bello, en la comuna de La Pintana, colisionó con una motocicleta particular que ingresó al cruce de vías sin ceder el derecho preferente de paso al automóvil policial, a lo que se encontraba obligado por acceder este último desde la derecha y por una arteria distinta, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 165, de 2013, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 247, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $150.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Roberto Alexis Navarro Araneda, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-3142; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República