Dictamen N° 75728/2014
N° 75.728 Fecha: 02-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6350, conducido por su funcionario, señor Claudio Alejandro Arévalo Barahona, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 19 de febrero de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado furgón por calle Pedro Lira, y al llegar a la intersección con calle Joaquín Edward Bello, en la comuna de La Florida, intentaron fiscalizar al conductor de una camioneta particular, quien, con la finalidad de evitar ese control, reanudó la marcha, impactando el espejo retrovisor del costado derecho del móvil policial, quebrándolo. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 238, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $60.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Claudio Alejandro Arévalo Barahona, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6350. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República