Dictamen N° 75811/2014
N° 75.811 Fecha: 02-X-2014 Mediante oficio N°13.597, de 27 de noviembre de 2013, el Prosecretario de la Cámara de Diputados remitió a esta Contraloría General una presentación del Diputado Sr. Fuad Chahín Valenzuela, en la cual da cuenta del incumplimiento de los plazos establecidos para la instalación de cámaras de seguridad en la Ruta 5, específicamente en la comuna de Ercilla, en el marco del contrato “Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Collipulli-Temuco”, agregando que en octubre de 2013, en dicha vía y sector habría sido inaugurada por autoridades públicas una cámara que posteriormente fue retirada, en circunstancias que su instalación se encontraba programada para febrero de igual año. Al respecto, consultada sobre la materia, la Subsecretaría de Prevención del Delito, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública -entidad desde donde emana la iniciativa de seguridad en comento-, informó mediante oficio N°716, de 2014, que la instalación de las cámaras a las que alude el parlamentario se encontraba dentro de los plazos convenidos, sin que dispusiera de antecedentes de la eventual instalación de alguna de ellas en octubre de 2013, como se expone en la denuncia. A su turno, requerido su informe, la Dirección General de Obras Públicas, DGOP, lo evacuó por oficio N°261, de 2014, al que adjuntó una minuta técnica elaborada por el inspector fiscal de explotación del contrato que interesa, que señala, en síntesis, que mediante la resolución exenta DGOP N°3.758, de 2013, se contrató la instalación de 19 cámaras de seguridad en los puntos de la ruta concesionada que ese acto administrativo indica. Acompañó a su informe una tabla que detalla los puntos en que aquellas se instalarían cámaras, así como los plazos dispuestos al efecto. En el mismo documento se consigna que 9 de los puntos individualizados debían ser concluidos el 13 de febrero de 2014, mientras que los restantes 10, el 13 de abril de igual anualidad; a saber: Punto obras CCTV Km. aprox. Fase Plazo de Ejecución Punto 1 Acceso nuevo Aeropuerto Quepe 691,5 - 692,5 1 3 meses Fecha de término: 13.02.2014 Punto 2 Cruce Boroa-Quepe 690 Punto 3 Pasarela Mahuidache 688 Punto 4 Sector La Cantera-Metrenco 681 Punto 5 Acceso Sur By Pass-Licanco 679 Punto 6 By Pass Padre Las Casas-Cunco 675 Punto 7 By Pass-Cajón Vilcún 663,4 Punto 8 Pillanlelbún 657 Punto 9 Acceso Sur a Lautaro 645 Punto 10 Acceso Norte a Lautaro-Galvarino 641 2 5 meses Fecha de término: 13.04.2014 Punto 11 Perquenco 633,5 Punto 12 Hostería El Aromo 596 Punto 13 Hostería La Araucana 591 Punto 14 Ercilla 588 Punto 15 Ruta 5 Sur 584,5 Punto 16 Hostería Campo Lindo y Frigorífico 579 - 578,5 Punto 17 Hostería San Carlos Collipulli 577 Punto 18 Cuesta previa Puente Malleco 576 Punto 19 Puente Malleco 575 Fuente: Memorándum N°09/14, de 11.02.2014. Inspección fiscal de explotación. Sobre el particular, en primer término, cabe señalar que mediante el decreto N°443, de 1998, el Ministerio de Obras Públicas adjudicó la obra pública fiscal “Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Collipulli-Temuco” a los licitantes Ferrovial Chile Limitada y Agroman Chile. Dicho contrato fue modificado por la resolución exenta N°3.758, de 2013, de la Dirección General de Obras Públicas -dictada con el visto bueno de los ministros de Obras Públicas y de Hacienda-, la que por razones de interés público y urgencia dispuso que la concesionaria debía instalar y habilitar técnicamente las denominadas “Obras CCTV” en los términos, plazos y condiciones señaladas en ese acto administrativo. Según los considerandos 1 y 2 de la referida resolución exenta N°3.758, de 2013, el Ministerio de Obras Públicas se amparó para su dictación en lo previsto en los artículos 19, inciso tercero, del decreto N°900, de 1996, de esa secretaría de Estado -Ley de Concesiones de Obras Públicas-, y 69, N°4, del decreto N°956, de 1997, del mismo ministerio -Reglamento de la precitada ley-, conforme a los cuales esa cartera puede modificar por razones de interés público las características de las obras y servicios contratados. A su vez, en virtud de las mismas normas, el Director General de Obras Públicas, con el visto bueno del ministro del ramo y del de Hacienda, se encuentra facultado para exigir la modificación de esas obras y servicios por razones de urgencia. Asimismo, la citada resolución exenta, en su considerando 7, indicó los lugares donde se debían instalar las cámaras de vigilancia que interesan, y, a su turno, el numeral 1.1.3.1 “Plazo máximo de construcción” estableció que la ejecución de los trabajos se dividiría en dos etapas, con plazos de tres y cinco meses, respectivamente, contados desde la fecha en la cual el inspector fiscal comunique a la sociedad concesionaria, mediante anotación en el libro de explotación u oficio, la total tramitación de la resolución de que se trata, lo que en la especie aconteció el 14 de noviembre de 2013, según consta en el folio N°14 del libro de explotación N°23. Ahora bien, según lo indicado en el considerando 7 y lo consignado en el punto 1.1.3.1 de la referida resolución exenta N°3.758, de 2013, la instalación de la cámara de seguridad a la que alude el parlamentario en su presentación -correspondiente a la comuna de Ercilla-, fue prevista en la fase 2 de los trabajos, cuyo plazo máximo de ejecución es de cinco meses, comprendidos entre el 14 de noviembre de 2013 y el 14 de abril de 2014. Así, se colige que a la data del reclamo efectuado por el parlamentario, el plazo para la instalación de la cámara en comento estaba vigente. Sin perjuicio de lo anterior, cumple señalar que el 14 de abril del año en curso esta Entidad de Control corroboró en las dependencias de la Unidad Operativa de Control de Tránsito, UOCT, de la Región de La Araucanía, que las cámaras asociadas a la primera fase del contrato en cuestión se encontraban operativas. No obstante, de la información proporcionada por el inspector fiscal de explotación, se advierte que la concesionaria no cumplió cabalmente con los plazos dispuestos para su implementación, detectándose un atraso en relación con la fecha inicialmente prevista, a saber, 14 de marzo de 2014. A su vez, respecto de la fase 2, el mismo inspector fiscal indicó a través de una minuta adjunta a su correo electrónico de 17 de abril de 2014, que vencido el plazo dispuesto para el término de los trabajos, estos no habían concluido, y que la sociedad concesionaria había solicitado el 15 de abril de la presente anualidad, la recepción de 5 de las 10 unidades contempladas, encontrándose pendiente de ejecución la implementación de los restantes equipos. En este contexto, atendido el incumplimiento de los plazos previstos en la resolución exenta N°3.758, de 2013, de la Dirección General de Obras Públicas, que modificó el contrato “Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Collipulli-Temuco”, y considerando que la fase 2 de las obras contratadas aún se encuentra en ejecución, esta Entidad de Control se encuentra verificando el total término de las obras que interesan y la observancia de los plazos dispuestos en la predicha resolución exenta, en una auditoría al cumplimiento de las exigencias de seguridad y diseño vial de la obra concesionada Ruta 5, tramo Collipulli-Temuco. Terminadas las diligencias y realizado el informe correspondiente, este Organismo de Control le comunicará los resultados de dicha fiscalización. Finalmente, respecto a la eventual instalación y posterior retiro de una cámara de vigilancia desde la Ruta 5 en el sector correspondiente a la comuna de Ercilla en octubre de 2013, dado que por una parte, a través de su oficio N°716, de 2014, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública expresó que no contaba con información de la colocación de alguna de estas cámaras en el lugar y fecha referidas; que por otra, conforme a anotación en el folio N°14 del libro de explotación N°23, el plazo de ejecución de los trabajos para la instalación de los equipos en comento se inició el 14 de noviembre de 2013; y finalmente, que las indagaciones efectuadas no permitieron confirmar la situación expuesta por el Diputado, debe desestimarse la denuncia en este punto. Transcríbase al Diputado Sr. Fuad Chahín Valenzuela, al Subsecretario de Prevención del Delito, al Subsecretario de Obras Públicas, al Director General de Obras Públicas, al Coordinador de Concesiones y a la Auditora Ministerial del Ministerio de Obras Públicas. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República