Dictamen CGR

Dictamen N° 75920/2011

2011-12-05 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Sobre improcedencia de pagar asignaciones de experiencia y perfeccionamiento a docente jubilado

N° 75.920 Fecha: 05-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Astorga Espinoza, profesional de la educación perteneciente a la Municipalidad de Curacaví, solicitando un pronunciamiento que determine si al incorporarse a esa dotación docente, luego de haber jubilado, tiene derecho a percibir las asignaciones de experiencia y de perfeccionamiento profesional. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 53 de la ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, establece que los educadores que hubieren jubilado y se incorporen a una dotación docente, no les serán aplicables los artículos 48 y 49 respecto de los años servidos previos a la jubilación. Al respecto, este Organismo Contralor mediante el dictamen N° 39.134, de 1998, ha precisado que cuando la ley se refiere a los docentes jubilados, utiliza dicho término de manera genérica, siendo el supuesto básico sobre el que descansa la aplicación del precepto citado, el hecho que estos adquieran la condición de tal, independiente de la entidad donde se hayan desempeñado antes de la obtención del beneficio previsional jubilatorio. Por consiguiente, el señor Astorga Espinoza no tiene derecho a percibir las asignaciones que menciona, en lo que se refiere a los años servidos y al perfeccionamiento obtenido, antes de adquirir la calidad de pensionado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República