Dictamen CGR

Dictamen N° 76047/2012

2012-12-06 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir un pronunciamiento por no existir denegatoria o dilación por parte de la autoridad

N° 76.047 Fecha: 06-XII-2012 Doña Gabriela Farías Tamayo, en representación de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud - FENPRUSS -, consulta acerca del procedimiento que debería seguirse a fin de hacer efectiva la responsabilidad administrativa en que eventualmente incurrieren los directores de los hospitales autogestionados en red y los directores de los servicios de salud por infracción a la prohibición establecida en la letra m) del artículo 84 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie, motivo por el cual se abstiene, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se recaba. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con informar que esta Contraloría General mediante sus dictámenes N°s. 33.909, de 1987 y 10.137, de 2012, se ha pronunciado respecto a las autoridades que cuentan con la potestad disciplinaria en relación a los directores de los servicios de salud, así como de los establecimientos de autogestión en red, los cuales se remiten en fotocopia para su conocimiento. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica

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