Dictamen N° 76062/2011
N° 76.062 Fecha : 05-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Edith Martina Ramírez Cea y, en presentación separada, el señor José Alexis Hormazábal Sánchez, ex funcionarios de Gendarmería de Chile, para solicitar, por las razones que exponen, se dejen sin efecto sus retiros de esa institución penitenciaria. Requerido su informe, la mencionada entidad ha expresado, en síntesis, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54, inciso segundo, de la ley N° 19.880, la Administración debe abstenerse de conocer los asuntos en que se ha deducido acción jurisdiccional. Sobre el particular, cumple con señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada, toda vez que sobre la materia se interpuso un Recurso de Protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, Rol Ingreso Corte N° 3.582-2011, la que, el día 26 de julio de 2011, dictó sentencia definitiva, rechazando la acción deducida, sin que tal resolución fuera objeto de recurso de apelación, tal como se le informó al señor Hormazábal Sánchez en el dictamen N° 66.587, de 2011, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República