Dictamen N° 76218/2016
N° 76.218 Fecha: 17-X-2016 Esta Entidad de Control debe abstenerse, en esta oportunidad, de informar respecto de la presentación efectuada por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, en orden a que se emita un pronunciamiento sobre la procedencia de celebrar un convenio de cooperación entre ese servicio y la Junta Nacional de Botes Salvavidas, que incluya el reembolso, a esa institución, del combustible utilizado en las operaciones de rescate efectuadas por sus voluntarios o de la existencia de otro mecanismo idóneo para tal efecto, considerando la función de apoyo que éstos prestan a la función de salvamento que el Estado de Chile se ha comprometido a desempeñar en su área de responsabilidad. Lo anterior, atendido que las consultas que se formulan a esta Institución Fiscalizadora deben remitirse acompañadas del correspondiente informe en derecho, en el cual ha de consignarse cuál es la opinión jurídica del organismo estatal requirente acerca de la cuestión que es sometida a su conocimiento, exigencia que no se satisface en la especie. Asimismo, es menester que se envíen todos los antecedentes necesarios para resolver adecuadamente el asunto que se plantea, requisito que tampoco ha sido cumplido por la recurrente. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica