Dictamen CGR

Dictamen N° 76392/2013

2013-11-21 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Exfuncionario de Carabineros de Chile posee plazo fatal de un año para solicitar revisión de su calificación

N° 76.392 Fecha: 21-XI-2013 El señor Raúl Alejandro Bustamante Llegues, abogado, en representación de don Jorge Fabián Veloso Muñoz, exfuncionario de Carabineros de Chile, ha solicitado la reconsideración del dictamen N° 43.534, de 2013, de este origen, en el cual se determinó, por las razones que en dicho oficio se señalaron, que la calificación de su mandante correspondiente al año 2011, se ajustó a derecho. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene que los empleados de ella pueden requerir que se revise su evaluación siempre que sean ubicados, en lo que interesa, en Lista N° 4, de Eliminación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Entidad Fiscalizadora, dentro del plazo fatal de un año contado desde el retiro. Ahora bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor Veloso Muñoz, con fecha 26 de agosto de 2011, reclamó en contra de la referida calificación, concluyendo esta Contraloría General, en su oficio N° 4.157, de 2012, que en aquélla se incurrió en un vicio que afectó su legalidad, pues el acuerdo de la Junta de Apelaciones, de fecha 7 de julio de 2011, que lo incluyó en la Lista N° 4, de Eliminación, no se encontraba debidamente fundado. Sin embargo, al efectuarse un nuevo estudio del anotado acuerdo, a petición de Carabineros de Chile, este Organismo de Control, a través del citado dictamen N° 43.534, de 2013, estimó necesario reconsiderar el criterio contenido en el anterior pronunciamiento, por cuanto se advirtió que ese cuerpo colegiado expuso las razones concretas y circunstancias precisas que determinaron la mantención del puntaje conferido al interesado, ya que mencionó cómo la conducta descrita, vinculada al mal uso de un bien fiscal y las medidas disciplinarias aplicadas, permitieron confirmar las notas asignadas a los factores probidad y responsabilidad, cumpliéndose, por ende, con la exigencia de una decisión motivada. Luego, con fecha 24 de octubre de 2013, esto es, vencido el indicado término de un año, el ocurrente solicita nuevamente, de modo extemporáneo, el examen de la calificación de su representado. Por consiguiente, cabe concluir que el derecho del señor Jorge Fabián Veloso Muñoz para requerir la revisión de su evaluación correspondiente al año 2011, se encuentra, en la actualidad, vencido, por lo que se desestima su petición y se ratifica el mencionado oficio N° 43.534, de 2013. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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