Dictamen N° 76397/2015
N° 76.397 Fecha: 25-IX-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si el diploma de Ingeniero de Ejecución en Administración de Negocios, conferido por la Universidad Central en el año 2015, permite percibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Al respecto, cabe recordar que acorde lo dispuesto en el artículo 54, inciso séptimo, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que señala, carácter que posee el diploma de que se trata, según se indicó en el dictamen N° 29.425, de 2000, de este origen. Enseguida, conviene agregar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prevé, en lo pertinente, que los servidores afectos a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas podrán percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que expresa. Asimismo, el artículo 186, letra g), del último texto legal citado, prescribe, en lo que interesa, que los servidores que señala, que desempeñen funciones propias de su profesión y que cumplan una jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a percibir un sobresueldo correspondiente al monto que dicho precepto prevé. Como puede advertirse, de la mencionada normativa aparece que para gozar de los señalados beneficios, es necesario poseer un título profesional, calidad que reviste el diploma en cuestión, por lo que cabe concluir que es útil para acceder a los estipendios por los que se consulta. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante