Dictamen N° 76431/2012
N° 76.431 Fecha: 10-XII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 137, de 2012, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, que aprueba la modificación del convenio suscrito por esa entidad con la Asociación Cristiana de Jóvenes de Valparaíso, para la compra de meses de planes de tratamiento que indica, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con manifestar que la cláusula tercera del instrumento en estudio consigna que de acuerdo con la disposición sexta del convenio que se viene modificando y con su anexo, las partes habrían acordado que los planes contratados se realizarían en establecimientos de su dependencia o subcontratados por esa institución. Al respecto, cabe precisar que en la aludida cláusula sexta no está prevista la posibilidad de subcontratar, ya que los planes de tratamiento a que alude, según su tenor, se realizarán en establecimientos de la dependencia de la entidad respectiva, los que se individualizan en el anexo adjunto a dicho instrumento. Lo anterior, se encuentra en concordancia con lo previsto en el N° 7.3 de las bases que regularon el respectivo proceso licitatorio, aprobadas por la resolución N° 1.962, de 2011, del mismo servicio, para la compra de planes de tratamiento para adolescentes infractores de ley con consumo problemático de drogas y alcohol. Por otro lado, procede señalar que el contrato original fue celebrado el 30 de diciembre de 2011, y no de 2012, como erróneamente se consigna en el N° 5 y 6 del Considerando del texto en examen. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República