Dictamen N° 7687/2010
N° 7.687 Fecha: 10-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Ramón Pavez Moreira, auxiliar de la Dirección del Trabajo, solicitando la condonación de la multa de 20% de su remuneración mensual que le fue aplicada al término de un proceso disciplinario instruido en su contra. Sobre el particular, cabe señalar que la reiterada jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control ha considerado improcedente otorgar facilidades al sancionado por una medida disciplinaria de multa, para que pague las prestaciones económicas que nacen de ese castigo (aplica dictámenes N°s 6.597, de 1996 y 45.483, de 2008). En este mismo orden de ideas, también se ha manifestado que la facultad del Contralor General, establecida en el artículo 67 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, para que condone las cantidades percibidas indebidamente por los funcionarios públicos o para conceder facilidades en el reintegro de esas sumas, tampoco puede ejercerse respecto de una multa que en el carácter de medida disciplinaria se haya impuesto a un funcionario público, (aplica dictámenes N°s 19.649, de 1966 y 84.990, de 1974). En consecuencia, de lo anterior fluye que respecto del pago de una multa aplicada como sanción en un sumario administrativo a un funcionario público no procede que se otorguen facilidades, ya sea por el jefe del servicio público o por el Contralor General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República