Dictamen N° 77009/2010
N° 77.009 Fecha: 21-XII-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 130, de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante el cual se dispone el pago de indemnización por los bienes muebles e inmueble confiscados que indica, en la Región Metropolitana de Santiago, a la Asociación Chilena de Pensionados y Montepiadas del Ex - Servicio de Seguro Social, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que de acuerdo a la solicitud que dio inicio al procedimiento y que se acompaña al expediente administrativo que sirve de fundamento al decreto en estudio, la interesada presentó oportunamente el inventario de los bienes muebles reclamados, según lo prescrito en el artículo 2° de la ley N° 19.568 -que dispuso la restitución o indemnización por bienes confiscados y adquiridos por el Estado de la forma que señala-, y no como se menciona en el párrafo N° 13 del Considerando. Asimismo, procede manifestar que la indemnización en comento se dispone a favor de la Asociación Chilena de Pensionados y Montepiadas del Ex - Servicio de Seguro Social, lo que no concuerda con lo expresado en el N° 2 de lo dispositivo del documento en examen, siendo del caso agregar que el decreto N° 129, del Ministerio de Bienes Nacionales, aludido en el párrafo N° 14 del Considerando, es de fecha 28 de diciembre de 2009, y no de 2010, como ha quedado consignado en ese acápite. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República