Dictamen CGR

Dictamen N° 77131/2016

2016-10-20 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 219, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud

N° 77.131 Fecha: 20-X-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba la renovación del contrato que indica, suscrito con la empresa que se individualiza, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludida en la cláusula duodécima del mismo, fue otorgada con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades. Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016). Por otra parte, cabe señalar que se advierte un error en la transcripción de la comparecencia y de la cláusula quinta del instrumento que se viene sancionando, en lo referente al nombre de la empresa contratante. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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