Dictamen CGR

Dictamen N° 77207/2016

2016-10-20 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 77.207 Fecha: 20-X-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1697, conducida por su funcionario, señor Belarmino Andrés Sáez Arévalo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 1 de agosto de 2014, el aludido empleado, junto con su acompañante, descendieron de ese vehículo con la finalidad de fiscalizar a unos individuos que transitaban por un fundo que tenía una medida de protección, en la comuna de Collipulli, y en el instante en que el señor Sáez Arévalo consultaba vía radial los antecedentes de esas personas, advirtió que desde el panel y de los conductos de ventilación salía humo y, posteriormente, llamas, logrando apagar el fuego con la cooperación de un tercer funcionario policial y de particulares que concurrieron en su ayuda, acreditándose que el mencionado siniestro se produjo por una sobrecarga de energía en los cables de la consola de instrumentos. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 47, de 2015, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $2.187.220, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, de conformidad con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Belarmino Andrés Sáez Arévalo, por los daños causados en la camioneta fiscal AP-1697. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Marta Morales del Río Jefe Área Jurídica División de Personal de la Administración del Estado