Dictamen N° 7722/2015
N° 7.722 Fecha: 29-I-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad-referéndum celebrado por trato directo para la ejecución de la obra "Conservación de la Red Vial Básica, Ruta A-31, Dm. 53.000,00 a Dm. 70.000,00 Por Sectores y Ruta A-345, Dm. 10.000,00 a Dm. 16.000,00 Por Sectores, Provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota", representado con anterioridad a través del oficio N° 100.683, de 2014, de este origen, por cuanto no han sido subsanadas en su totalidad las observaciones allí formuladas. Lo anterior, toda vez que de los documentos tenidos a la vista en esta ocasión, no se advierten los sectores ni la época en que se ejecutó la operación 7.302.7b, comprendida en el presente contrato y en el de conservación global mixto sancionado por la resolución N° 22, de 2011, de la Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, que se llevó a cabo entre el Km. 0,000 al Km. 91,769 de la Ruta A-31, ni se aportan antecedentes acerca de la cubicación real de los volúmenes de excavación en roca, para el tramo que se extiende entre el Dm. 13.500 al Dm. 14.200 de la referida Ruta A-345. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación