Dictamen N° 77248/2012
N° 77.248 Fecha: 12-XII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-1470, conducido por su funcionario, señor Carlos Antonio Ramos Yáñez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 6 de diciembre de 2011, ese servidor, en el contexto de un procedimiento policial, se desplazaba en el referido móvil por Avenida Santa Rosa, y al llegar a la intersección con calle Batallón Chacabuco, en la comuna de La Pintana, el chofer del automóvil particular que era seguido, con la finalidad de impedir su detención, colisionó al vehículo policial, efectuándose la respectiva denuncia ante la Fiscalía Local de San Miguel. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según la orden N° 31, de 2012, de la Dirección Nacional de Logística, ascenderían a la suma de $2.750.000, determinando esa dirección, dar de baja dicha especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Carlos Antonio Ramos Yáñez, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-1470; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República