Dictamen CGR

Dictamen N° 77733/2014

2014-10-08 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. El Instituto de Previsión Social deberá reliquidar la pensión de exonerado político del Banco Central de Chile, en los términos que indica

N° 77.733 Fecha: 08-X-2014 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Juan Araya Vizcarra, exempleado del Banco Central de Chile, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia, en atención a los motivos que invoca. Al respecto, el Instituto de Previsión Social informó que el beneficio no contributivo del interesado se ajusta a la normativa aplicable en la especie. Sobre el particular, cabe manifestar que efectuadas las verificaciones de rigor, se ha podido constatar que la pensión en comento no se encuentra correctamente determinada, toda vez que en virtud de lo dispuesto por el artículo 75 de la ley N° 8.569, su cálculo debe efectuarse conforme lo establece el artículo 13 de los Estatutos de la Asociación de Jubilaciones y Montepíos para los Empleados de dicha entidad bancaria, esto es, sobre la base del promedio de las 24 últimas rentas asignadas al grado 7° de la Escala Única de Sueldos, lo que implica que esta se eleve a la suma de $ 212.129, a contar del 1 de diciembre de 2013. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, procede que ese Instituto de Previsión Social reliquide el beneficio no contributivo del señor Araya Vizcarra en los términos indicados. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República