Dictamen N° 7811/2010
N° 7.811 Fecha: 10-II-2010 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 133, de 2009, que aprueba el convenio celebrado entre la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, por una parte, y la Universidad Técnica Federico Santa María, la Universidad de Concepción, la Universidad de Valparaíso y la Universidad de Santiago de Chile, por la otra, en el marco del Décimosexto (FONDEF) 2008, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la referencia a las cláusulas vigésima quinta y vigésima octava contenida en la cláusula décima quinta del acuerdo de voluntades en examen, debe entenderse efectuada a las cláusulas vigésima octava y vigésima novena que establecen otras atribuciones y responsabilidades de los representantes institucionales de las beneficiarias. Por otra parte, cabe precisar que la personería de María Elena Boisier Pons para actuar en representación de la referida Comisión consta en el decreto exento del Ministerio de Educación N° 2.456, de 3 de noviembre de 2009, y no como se consigna en el pie de firma del convenio que se sanciona y reproduce en el instrumento en examen. Finalmente, corresponde anotar que la facultad del representante de la Universidad de Concepción para comparecer a nombre de dicha Casa de Estudios, se le ha otorgado por mandato especial, extendido por escritura pública de fecha 17 de junio de 2002, y no como se indica en el antedicho convenio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la señalada resolución. Por orden del Contralor General de la República Pedro Aguerrea Mella Abogado Jefe División Jurídica Subrogante