Dictamen CGR

Dictamen N° 78315/2011

2011-12-15 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Sobre solicitud de respuesta de presentaciones efectuadas ante la Contraloría Regional de Coquimbo, relativas a situaciones ocurridas en la Municipalidad de Combarbalá

N° 78.315 Fecha: 15-XII-2011 Se han dirigido a esta Contraloría General la señora Bernardita Cortés Gómez y los señores Hugo Galleguillos Cortés y Gustavo Hernández Valdivia, todos Concejales de la Municipalidad de Combarbalá, solicitando respuesta a las presentaciones que individualizan, formuladas ante la Contraloría Regional de Coquimbo, las que, según exponen, aún no habrían sido atendidas por dicho Ente Regional, no obstante que los hechos denunciados afectan gravemente el patrimonio municipal. Sobre el particular, debe indicarse, en primer término, que de los antecedentes recabados por este Organismo de Control, ha sido posible constatar que la señora Cortés Gómez efectuó una presentación en la Sede Regional el 14 de octubre de 2010 -referencia N° 45.682, de 2010-, en tanto los recurrentes de manera conjunta, formularon dos presentaciones, la primera el 16 de febrero y la segunda el 29 de marzo, ambos de 2011 -referencias N°s. 40.990 y 41.734, de 2011, respectivamente-, todas las cuales han sido evacuadas, según dan cuenta los oficios N°s. 4.510, de 2010; 1.144 y 1.427, ambos de 2011. Enseguida, cabe señalar que mediante el citado oficio N° 4.510, de 2010, se precisó que únicamente se atenderían las dos primeras consultas -de un total de diez- formuladas por la señora Cortés Gómez, y que, dada la naturaleza de las restantes, se encomendaría a la Unidad de Auditoría y Control Externo de esa Sede Regional, que desarrollara un programa especial de fiscalización, cuyos resultados le serían comunicados en su oportunidad. De este modo, dicho oficio se pronunció, por una parte, acerca de la procedencia que la Municipalidad de Combarbalá destinara parte de los recursos provenientes de la subvención educacional pro-retención de alumnos al mejoramiento de los establecimientos educacionales, y, por otra, respecto de los nombramientos de directores de establecimientos educacionales que la mencionada Oficina de Control ordenó dejar sin efecto, por los vicios de legalidad observados en el concurso realizado al efecto. En relación con el resto de las materias consultadas, es del caso indicar que conforme a lo informado por la Sede Regional, aquellas sobre denuncias relacionadas con el Departamento de Educación Municipal, serían analizadas a través de un programa especial de fiscalización previsto para el último trimestre del año 2011; por su parte, las referentes al destino que se le habría dado a un terreno municipal, ascensos no realizados, gastos excesivos en contratación de personal a honorarios, entre otras, fueron incorporadas a una investigación especial iniciada en marzo de 2011, la que se encuentra en su etapa final. En lo concerniente a la segunda presentación a que aluden los recurrentes, en la cual, en síntesis, se efectúa una denuncia en orden a que, a juicio de estos, la administración de la citada entidad edilicia habría comprometido el patrimonio municipal a través de diversos actos que detallan pormenorizadamente, la Contraloría Regional, a través del oficio N° 1.144, de 2011, manifestó que parte de las materias denunciadas -sobre gestión municipal-, ya se encontraban incorporadas en un programa de auditoría en desarrollo, cuyo resultado sería informado oportunamente, mientras que el aspecto relacionado con la educación municipal, sería incluido en el programa de fiscalización a efectuarse durante el último trimestre del año 2011, a que se ha hecho referencia. Por último, en cuanto a la tercera presentación efectuada por los recurrentes, referente, en términos generales, a irregularidades en el Departamento de Educación Municipal, el Ente Regional, por medio del oficio N° 1.427, de 2011, resolvió que las materias relativas a la aludida unidad municipal serían incluidas en una futura visita de fiscalización, la cual se programaría de acuerdo a los recursos humanos y financieros disponibles en ese Organismo Contralor -a saber, aquella fijada para el último trimestre de 2011-, en tanto, los asuntos de gestión municipal, fueron incorporados a la fiscalización que se encuentra en curso, iniciada en marzo de 2011. De lo anteriormente indicado, es posible advertir que la Contraloría Regional de Coquimbo ha dado respuesta directa mediante los correspondientes oficios, a las temáticas que dada su naturaleza así lo han permitido, mientras que aquellas que implican una denuncia y, por ende, requieren una actividad indagatoria en la propia entidad edilicia, ha dispuesto incluirlas en programas especiales de fiscalización, cuyos resultados serán puestos en conocimiento de los interesados, una vez que la respectiva investigación esté finalizada. En este contexto, es forzoso concluir que, contrario a lo que indican los recurrentes, todas las consultas que han formulado han sido adecuadamente atendidas por la Sede Regional de Control, acorde con la materia objeto de sus requerimientos, conforme consta en los oficios indicados precedentemente. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario agregar que esa Sede Regional deberá agilizar las fiscalizaciones previamente mencionadas, a objeto de dar respuesta, a la brevedad, a los recurrentes acerca del resultado de las mismas. Por consiguiente, con el alcance precedente, se desestima la reclamación de los recurrentes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República