Dictamen N° 79167/2011
N° 79.167 Fecha: 20-XII-2011 Se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora la señora Teresa del Carmen Cortés Palma, ex funcionaria de la Municipalidad de Los Vilos, a fin de solicitar la reconsideración del dictamen Nº 2.931, de 2011, de la Contraloría Regional de Coquimbo, por cuanto, a su juicio, tendría derecho al bono establecido en la ley N° 20.305, por las razones que indica. Sobre la materia, cabe manifestar que en el citado pronunciamiento, se estableció que la interesada no puede acceder al beneficio que reclama, toda vez que presentó su petición con posterioridad a la fecha en que cesó en sus funciones, por lo que no cumple con lo preceptuado en el número 1 del artículo 2° de la citada ley N° 20.305, disposición que señala que los requirentes del estipendio en estudio, deben tener la calidad de servidores al momento de su postulación al mismo. Ahora bien, atendido que en su actual presentación la ex servidora no acompaña antecedentes nuevos que permitan modificar la aludida conclusión, no cabe sino confirmar el oficio recurrido. Por su parte, en cuanto a lo que alega la afectada, en orden a que habría recibido información errónea por parte de la aludida entidad edilicia, sobre los plazos y las normas que rigen la bonificación en análisis, es menester indicar que ello no constituye excusa válida para soslayar la referida exigencia, ya que acorde con lo previsto en el artículo 8° del Código Civil, nadie puede alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia, salvo que se compruebe fehacientemente que existe una justa causa de error, tal como se manifestó en el dictamen N° 3.931, de 2011, de este Órgano Contralor, lo que no se aprecia en la especie. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República