Dictamen N° 79433/2012
N° 79.433 Fecha: 21-XII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo del extravío de una linterna que utilizaba su funcionario, señor Mauricio Iván Araya Arrué, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que con fecha 3 de octubre de 2011, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió a la intersección de las calles Ucayali y Maquía, en la comuna de Peñalolén, a verificar una denuncia en contra de tres individuos por venta y consumo de drogas, los que al ver la presencia policial se dan a la fuga, iniciando el señor Araya Arrué la persecución de uno de ellos, logrando darle alcance, instante en el cual es agredido por pobladores del sector que se oponían a la acción de Carabineros, resultando extraviada la mencionada linterna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 5242069, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, ascienden a la suma de $21.700, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 237, de 2012, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Mauricio Iván Araya Arrué, por el extravío de la aludida linterna. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República