Dictamen CGR

Dictamen N° 79492/2016

2016-10-28 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de intervenir en el asunto expuesto por las razones que indica

N° 79.492 Fecha: 28-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Marambio Daroch, reclamando por la naturaleza de la infracción de tránsito que le habría cursado el Juzgado de Policía Local de Lo Prado por haberse estacionado en un sitio prohibido y señalizado, la que, a su juicio, debió ser ponderada como menos grave y no como, en definitiva, se resolvió. Pues bien, consta de los antecedentes proporcionados por el recurrente que la materia de que se trata reviste el carácter de litigiosa, por cuanto incide en la interpretación que corresponde otorgarle a las señales de tránsito y en determinar la procedencia de una infracción, todas ellas cuestiones propias de un procedimiento jurisdiccional, entregadas al conocimiento de los tribunales de justicia, en este caso el Juzgado de Policía Local de Lo Prado (aplica criterio contenido en el dictamen N° 38.281, de 2015, de esta procedencia). En este contexto, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, esta Institución de Fiscalización no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso. En mérito de lo expuesto, este Organismo de Control debe abstenerse de conocer la situación planteada. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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