Dictamen CGR

Dictamen N° 79721/2010

2010-12-30 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre derecho al bono de la ley 20305 de ex funcionaria de la Universidad de Chile

N° 79.721 Fecha: 30-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Sara Raquel Salas Cabrera, ex funcionaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, quien solicita un pronunciamiento que determine el derecho que le asistiría para percibir el bono establecido en la ley N° 20.305. Sobre la materia, es dable recordar que el inciso primero del artículo 1° de la ley citada, otorga una bonificación de naturaleza laboral por la suma mensual que indica, para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de ese texto legal -1 de enero de 2009-, sirva un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos que señala y previo cumplimiento de los demás requisitos que el artículo 2° de ese cuerpo de normas establece. Por su parte, el inciso primero del artículo quinto transitorio de la ley en análisis dispone, en lo que interesa, que las personas que hubiesen cesado en funciones, sea por renuncia voluntaria, por obtención de pensión de vejez de conformidad con el decreto ley N° 3.500, de 1980, por supresión del empleo o por aplicación del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, en alguna de las calidades y organismos señalados en el inciso primero del artículo 1° de dicho cuerpo legal o en sus antecesores legales, tendrán derecho al bono que establece la ley N° 20.305. Finalmente, el inciso segundo del citado precepto transitorio, exige como uno de los requisitos de carácter copulativo para tener derecho al bono en estudio, el haber cesado en funciones durante el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, fecha de entrada en vigor del aludido texto legal. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la requirente cesó en funciones por supresión del cargo que servía en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, mediante decreto N° 1.832, de 1998, de esa Casa de Estudios, habiéndose desempeñado posteriormente en el Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por sucesivas designaciones como funcionaria a contrata, la última de las cuales fue dispuesta por la resolución N° 313, de 2001, de dicho organismo asistencial, hasta el 29 de marzo de esa anualidad, motivo por el cual sólo cabe concluir que a la recurrente no le asiste el derecho al bono laboral de la ley N° 20.305, ya que se desvinculó de la Administración con anterioridad a la época habilitante y por una causal que no se contempla entre aquéllas que permiten acceder al indicado beneficio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República