Dictamen N° 79788/2016
N° 79.788 Fecha: 02-XI-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad referéndum N° 1, relativo a la asesoría a la inspección fiscal del contrato “Mejoramiento ruta 203-CH, Sector Punahue-Puerto Fuy, tramo Dm. 93.286,12 al Dm. 110.118,69, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos”, por cuanto no se advierte la razón por la cual se hace necesario mantener al equipo de la consultora durante el período de paralización de la obra -que se extiende, de acuerdo a la resolución exenta N° 3.476, de 2016, de ese origen, desde el 15 de mayo al 14 de septiembre del año en curso-. Luego, cabe agregar que no se acompañan los antecedentes que justifican, en lo que interesa, la disminución del contrato por las inasistencias de los integrantes del equipo, entre el segundo y décimo mes de iniciada la consultoría, por lo que procedería que ese servicio aplicara la multa por ausencia de personal prevista en el artículo 24 de las bases de concurso. Por último, cabe precisar que conforme se anotó en el primer párrafo de este oficio, el período de paralización se extiende hasta el 14 se septiembre del presente año, y no hasta el 20 del mismo mes y año, según se manifiesta en la cláusula segunda del acuerdo, lo que incide en la participación del personal en el mes que se reanudaron los trabajos. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación