Dictamen N° 80189/2013
N° 80.189 Fecha: 5-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Miguel Oses Lorca, en representación del Centro Cultural Salvador Allende - GAP, para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad de que a la fecha no se hayan levantado monumentos en las ciudades de Valparaíso y Punta Arenas, en homenaje al ex Presidente de la República don Salvador Allende Gossens, lo que, a su entender, supondría una infracción a lo ordenado por la ley N° 19.311, que autorizó el erigir tales obras en las mencionadas ciudades del país y también en Santiago. A juicio del recurrente, la actitud pasiva de las autoridades a las que se les encomendó tal función supondría, a lo menos, una conducta catalogable como falta administrativa, cuya vigilancia y control correspondería a esta Entidad de Fiscalización. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación indicó que mientras la comisión ad hoc creada para este fin no sea convocada, no resulta posible ejecutar las medidas conducentes a confeccionar y emplazar los apuntados monumentos. A su turno, la Subsecretaría del Interior expresó que en el año 1995 se efectuó una colecta para recaudar fondos conducentes a materializar las obras proyectadas en la referida ley N° 19.311, y tales sumas debieron haber sido empleadas en la construcción de un monumento en memoria del ex mandatario. Agrega además, que dada la data de aquella colecta, en esa Secretaría de Estado no se cuenta con mayores antecedentes en relación a estos hechos. Formuladas estas consideraciones, es menester precisar que la citada ley N° 19.311, autorizó la construcción de tres monumentos en memoria del ex Presidente de la República don Salvador Allende Gossens, en las ciudades de Santiago, Valparaíso y Punta Arenas, respectivamente. Con la finalidad de conseguir los fondos necesarios para financiar tales obras se contempló la realización de colectas públicas, a lo largo del país, en las fechas que la comisión creada especialmente para este efecto determinase, en coordinación con el entonces Ministerio del Interior. Además, en el artículo 5° de la referida ley se dispuso la creación de la anotada comisión especial, encargada de ejecutar estos objetivos, la cual debía quedar integrada por un senador, un diputado, un representante del Ministro de Educación, el Presidente de la Fundación Salvador Allende y el Director del Museo Nacional de Bellas Artes. Luego, en cumplimiento de las disposiciones del enunciado texto legal, se dictó el decreto N° 1, de 1995, del entonces Ministerio del Interior, que autorizó a la citada comisión para efectuar una colecta pública nacional el día 19 de abril de ese año, cuyas utilidades “debieron destinarse a financiar la construcción de un monumento en memoria del ex Presidente aludido.”, según lo informado por la Subsecretaría del Interior. Por otra parte, la recién nombrada Subsecretaría acotó también que “por su antigüedad, actualmente no existen antecedentes en esta Secretaría de Estado acerca del destino de los recursos que pudieron haberse recolectado para los efectos indicados”. Atendido lo expuesto, y en mérito a los antecedentes acompañados es dable expresar, que en su oportunidad se llevaron a cabo las diligencias contempladas por la apuntada ley N° 19.311, lo que se habría traducido en la construcción de un monumento en homenaje al mencionado ex Jefe de Estado. Ahora bien, dada la composición de la indicada comisión, es menester señalar que ésta no forma parte de la Administración del Estado, por lo que no compete a esta Entidad de Fiscalización ejercer el control de legalidad del cometido específico que le fuere encomendado. No obstante lo anterior, en virtud de lo dispuesto por el N° 4, del citado decreto N°1, de 1995, correspondía que el ex Ministerio del Interior hubiese recibido de la aludida comisión un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión, como resultado de la anotada colecta autorizada el día 19 de abril de ese mismo año, de manera que procede que esa Cartera informe a esta Entidad de Control acerca de las diligencias que ha efectuado para recabar esos antecedentes. Transcríbase a don Miguel Oses Lorca, a la Subsecretaría de Educación y a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República