Dictamen CGR

Dictamen N° 80309/2014

2014-10-16 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto planteado

N° 80.309 Fecha : 16-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Bernardo Arce Fernández, exfuncionario del Instituto de Previsión Social, quien solicita, por los motivos que expone, la reapertura del sumario administrativo a cuyo término se le aplicó la medida disciplinaria de destitución. Requerida al efecto, la aludida institución, informó que el interesado interpuso, por la misma materia, ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, una demanda de nulidad de derecho público. Al respecto, es necesario expresar que de los antecedentes recabados por este Organismo de Control, consta que efectivamente el señor Arce Fernández interpuso el referido libelo, dictándose sentencia de primera instancia que rechazó la citada acción, siendo confirmada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En este sentido, cumple con señalar que este Ente Fiscalizador, debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto, con arreglo a lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, impedimento que según se precisó en el dictamen N° 73.203, de 2014, de este origen, entre otros, se extiende a los casos en que el fallo judicial ha resuelto el problema jurídico planteado, como aconteció en la especie. Transcríbase al Instituto de Previsión Social y devuélvase la copia del expediente sumarial acompañada. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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