Dictamen N° 80441/2012
N° 80.441 Fecha: 27-XII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 162, de 2012, del Comité Innova Chile, mediante el cual se aprueba el convenio de subsidio suscrito entre dicho ente y Desert Bioenergy S.A. para la ejecución del proyecto que consigna por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que no obstante haberse omitido estipular el plazo en que el aludido Comité se pronunciará en definitiva sobre las observaciones que formule en relación a los informes regulados en la cláusula décimo novena del señalado acuerdo de voluntades, ese organismo deberá proceder a su revisión con la debida diligencia y oportunidad, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a sus órganos el deber de actuar por iniciativa propia en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de sus trámites. Asimismo, cabe observar que la publicación del extracto a que se refieren el considerando VIII y la cláusula primera del instrumento en trámite se realizó el 17 de noviembre de 2010 y no en la fecha que ahí se indica. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República