Dictamen CGR

Dictamen N° 80451/2012

2012-12-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Acoge solicitud de exoneración de responsabilidad civil a funcionario de Carabineros de Chile, en virtud de lo dispuesto en el art/62 de la ley 10336

N° 80.451 Fecha: 27-XII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-5033, conducido por su funcionario, señor Felipe Azócar Urrea, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 28 de diciembre de 2011, mientras ese empleado, junto con otros servidores, efectuaba en el citado furgón un patrullaje preventivo por Avenida Viña del Mar, en la ciudad del mismo nombre, un vehículo particular que circulaba por dicha vía, cuyo chofer al ver la presencia policial, se da a la fuga hacia el sector Forestal Alto, y al llegar a la altura de la Población Puerto Montt, choca con un montículo de tierra y, luego, con la finalidad de evitar su detención, realiza una maniobra de retroceso, colisionando al referido móvil fiscal, efectuándose la respectiva denuncia ante la Fiscalía Local de Viña del Mar. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 23, de 2012, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Valparaíso, ascendieron a la suma de $2.142.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Felipe Azócar Urrea, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5033; ello es, por cierto, sin perjuicio, de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al servidor en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República