Dictamen N° 8047/2018
N° 8.047 Fecha: 23-III-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba modificación de convenio de colaboración suscrita con la Fundación Todo Chilenter, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese servicio deberá enviar el certificado de disponibilidad presupuestaria en documento original, para los efectos del trámite de toma de razón ante esta Contraloría General, y no en fotocopia como acontece en la especie (aplica criterio contenido en el dictamen N° 92.874, de 2016, de este origen). Además, cumple con señalar que de conformidad con lo previsto en la cláusula décimo primera del convenio aprobado por decreto N° 222, de 2015, de la señalada cartera de Estado, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de dicho acuerdo adjunta a los antecedentes, debe permanecer vigente hasta 60 días hábiles posteriores a la fecha fijada para la terminación del mismo, debiendo esa superioridad adoptar las medidas necesarias a fin de que ella sea renovada hasta el cumplimiento de ese plazo. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República