Dictamen CGR

Dictamen N° 80687/2015

2015-10-09 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil
Aplicado por
Dictamen N° 14955/2016
Aplica dictamen 17354/85, 28164/93
Dictamen N° 14953/2016
Aplica dictámenes 17354/85, 28164/93

N° 80.687 Fecha. 09-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-5314, conducido por su funcionario, señor Cristián Fabián Sepúlveda Fierro, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 8 de junio de 2014, ese empleado circulaba en el citado vehículo por la Avenida San Pablo, en persecución de un automóvil particular, cuyos ocupantes habían participado en un robo, y al llegar a la intersección con calle Victorino Laynez, en la comuna de Quinta Normal, el chofer de este último frenó para efectuar un viraje sorpresivo, sin que el señor Sepúlveda Fierro pudiese detener el referido furgón, colisionando al móvil que seguía, practicándose la pertinente denuncia ante la Fiscalía Local Centro Norte. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 273, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $720.136, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, no se encuentra acreditado que el perjuicio al patrimonio fiscal sea consecuencia de un actuar imprudente del señor Cristián Fabián Sepúlveda Fierro, se ha estimado, acorde con lo concluido en el dictamen N° 71.440, de 2015, de esta Entidad de Control, procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5314; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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