Dictamen N° 80689/2015
N° 80.689 Fecha : 09-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4507, conducida por su funcionario, señor Gabriel Isaías Díaz Alarcón, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 2 de octubre de 2010, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por calle Aguirre, y al llegar a la intersección con calle Yungay, en la comuna de Quinta Normal, colisionó con una motocicleta particular que circulaba en sentido contrario por la primera vía mencionada y cuyo chofer efectuó una maniobra de viraje a la izquierda, obstruyéndole la normal circulación al móvil policial, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 181, de esa anualidad, estableció como motivo del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Centro Norte. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 121, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.494.155, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Gabriel Isaías Díaz Alarcón, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4507; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante