Dictamen N° 80779/2012
N° 80.779 Fecha : 28-XII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s. 19 y 20, ambas de 2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueban los contratos suscritos por trato directo para la gestión integral de las Cumbres CELAC-UE y I Cumbre CELAC, con la empresa Centro de Convenciones Santiago S.A., y el diseño, arriendo y operación de equipos audiovisuales para las referidas Cumbres, con la empresa PGA Sonido e Imagen Limitada, respectivamente, por encontrarse ajustadas a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la "Secretaría Ejecutiva de Cumbres del Ministerio de Relaciones Exteriores" no es una "entidad" "facultada para ejecutar y celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines y objetivos", como indican los considerandos 9 y 10 de los actos administrativos en examen, sino que constituye un programa definido por la resolución exenta N° 2.511, de 2012, de ese Ministerio, para la realización de las actividades relativas a las Reuniones de Cumbres que Chile debe realizar, como se advierte de las respectivas motivaciones de los actos y de los antecedentes adjuntos. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de las resoluciones señaladas. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante