Dictamen CGR

Dictamen N° 80851/2014

2014-10-17 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 80.851 Fecha: 17-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de un cargador rápido con seis cartuchos, que se encontraban bajo el cuidado de su funcionario, señor Eduardo Jesús Vives Vives, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 15 de abril de 2012, el aludido servidor, junto a otro empleado, concurrió hasta calle 13 de Mayo, en la comuna de Cerro Navia, para verificar una denuncia por desórdenes en la vía pública, una vez en el lugar, y en los instantes en que procedían a fiscalizar a los autores de tales hechos, uno de ellos se dio a la fuga, iniciándose su persecución y lográndose su aprehensión. Posteriormente, el señor Vives Vives se percató que no portaba el referido cargador, el que se habría caído durante el proceso de arresto. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 7958526, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma total de US$10,87 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $5.267, a la data de pérdida), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 216, de 2014, dar de baja esas especies. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Eduardo Jesús Vives Vives, por el extravío de un cargador rápido con seis cartuchos. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República