Dictamen N° 8129/2017
N° 8.129 Fecha: 10-III-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo para la renovación de la central telefónica que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con manifestar que esa repartición pública deberá exigir que se acredite por el proveedor que no ha incurrido en las inhabilidades para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, a que se refieren los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, y el artículo 4°, inciso primero y sexto, de la ley N° 19.886 (aplica dictamen N° 25.256, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República