Dictamen N° 81864/2014
N° 81.864 Fecha: 23-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Guajardo Guajardo, Coordinadora Poblacional del Senador don Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, para solicitar la revisión de la pensión del señor Rodolfo Hernán Herrera Castro, exonerado político de la antigua Empresa Fiat Chile.Sobre el particular, cumple con manifestar que revisados los registros de esta Institución Fiscalizadora, aparece que mediante la resolución exenta N° 6.560, de 2001, del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del señor Herrera Castro, confiriéndosele una pensión no contributiva, por gracia, y que no ha efectuado reclamo alguno sobre el monto de ésta desde esa época. Precisado lo anterior, resulta pertinente advertir que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo que interesa, que los beneficios que indica, son revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación, dentro del plazo de tres años contado desde su otorgamiento o del respectivo reajuste. En este orden de ideas, es dable concluir que el aludido término se encontraría vencido, dado que han transcurrido más de doce años desde la concesión de la prestación en comento sin que el interesado haya solicitado su revisión, salvo que éste acredite lo contrario mediante nuevos documentos. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, a esta data, no ha evacuado su informe, razón por la cual, considerando el tiempo transcurrido, se emite este pronunciamiento sin ese antecedente. Transcríbase al Instituto de Previsión Social. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República