Dictamen CGR

Dictamen N° 82080/2014

2014-10-23 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa resolución N° 17, de 2014, de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Nacional de Menores, ya que no se encuentra acreditada la responsabilidad administrativa

N° 82.080 Fecha: 23-X-2014 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de tomar razón del documento de la suma, que aplica la medida disciplinaria de multa en el porcentaje que indica, a doña Marta Cabello Correa, toda vez que de acuerdo a los antecedentes allegados al proceso sumarial que se acompaña, no se encuentra acreditada su responsabilidad administrativa. Sobre el particular, es menester considerar que a la aludida servidora se le imputa -según la formulación de cargos de fojas 45-, el haber autorizado una reparación de los equipos de tratamiento de aguas servidas del centro de atención de menores que se menciona, utilizando dineros asignados por la superioridad del organismo para mantención de maquinarias de alta complejidad, sin considerar que el contrato vigente no contemplaba prestaciones de esa índole. Al respecto, cabe manifestar que de acuerdo a las estipulaciones contenidas en el instrumento que rola a fojas 6 y siguientes, particularmente en sus cláusulas tercera y cuarta, la conducta en que habría incurrido la inculpada no constituiría la infracción descrita, ya que los servicios convenidos corresponden, precisamente, a los de mantención y reparación de bombas de aguas servidas para el establecimiento de que se trata, sin atender a la complejidad de los trabajos, de modo que, no se observa la eventual falta que se le reprocha a la aludida servidora. . Por otra parte, es necesario hacer presente que según se advierte del análisis del expediente en estudio, la autoridad consideró, para aumentar la sanción que en definitiva se le impone a la afectada, un presunto perjuicio patrimonial para el servicio, circunstancia que no se encuentra acreditada en el anotado procedimiento disciplinario. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República