Dictamen CGR

Dictamen N° 82676/2014

2014-10-24 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 82.676 Fecha: 24-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a los furgones fiscales Z-5311, Z-4210, Z-4735 y Z-5312, conducidos por sus funcionarios, señores Mario Orlando Valenzuela Saavedra, Fernando Antonio Huppenbauer Garrido, Yoban Alexis Cancino Rojas y Ernesto Enrique Pinochet Moya, respectivamente, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que con fecha 6 de octubre de 2011, esos servidores, como conductores de los referidos vehículos, concurrieron a diversas calles de la comuna de Puente Alto, a prestar cooperación en procedimientos por desórdenes en la vía pública, lugares en los cuales fueron atacados por los manifestantes con piedras, botellas y otros elementos contundentes, resultando esos móviles con daños en sus carrocerías. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según los certificados N°s 179, de 2012, 112 y 113, de 2013 y 173, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma total de $1.069.900, siendo dichas especies reparadas y dadas de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores Mario Orlando Valenzuela Saavedra, Fernando Antonio Huppenbauer Garrido, Yoban Alexis Cancino Rojas y Ernesto Enrique Pinochet Moya, por los daños ocasionados en los furgones fiscales Z-5311, Z-4210, Z-4735 y Z-5312, respectivamente. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República