Dictamen CGR

Dictamen N° 82739/2016

2016-11-14 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Instituto de Previsión Social deberá efectuar los cálculos pertinentes para continuar con la tramitación de la presente solicitud

N° 82.739 Fecha: 14-XI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Rojas Astudillo, exonerado político, para solicitar la reliquidación de su pensión no contributiva, aplicando las presunciones de renta de los artículos 27 bis y 28 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social manifiesta, en síntesis, que la jubilación por la que se consulta fue determinada según el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234, sin perjuicio de lo cual de un nuevo análisis de los antecedentes, ha concluido que es procedente aplicar en el cálculo de ésta la presunción de renta del aludido artículo 27 bis, debiendo pagar la diferencia de cotizaciones que de ello se pudiese ocasionar, en la medida que aquello implique un mayor monto de su pensión. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, el anotado instituto deberá efectuar los cálculos pertinentes, informando al respecto al señor Rojas Astudillo para que continúe con la tramitación de su solicitud, para lo cual se hace devolución del expediente acompañado. Transcríbase a la Contraloría Regional del Maule y al interesado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado