Dictamen CGR

Dictamen N° 82919/2013

2013-12-18 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento y remite a la Superintendencia de Pensiones consulta sobre bono de reconocimiento

N° 82.919 Fecha: 18-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alfonso Luis Arancibia Vera, efectuando una serie de consultas relativas a las características, formalidades y efectos del otorgamiento del bono de reconocimiento previsto en los artículos 3° transitorio y siguientes del decreto ley N° 3.500, de 1980. Sobre el particular, cabe indicar que dichos preceptos legales disponen, en síntesis, que las instituciones de previsión del régimen antiguo emitirán un título de deuda expresado en dinero que se denominará bono de reconocimiento y será representativo de los períodos de cotizaciones que registren en ellas los imponentes que se incorporen al sistema que establece ese texto normativo. Además, entre otros aspectos, se señala su forma de emisión y cálculo y quienes pueden acceder a ese beneficio. Ahora bien, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 3°, letras i) y j), del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social -Estatuto Orgánico de la antigua Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones- y 46 y 47, N°s. 1, 6 y 7, de la ley N° 20.255, el organismo competente para conocer sobre la materia es la Superintendencia de Pensiones, por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, se le remiten la presentación y los antecedentes del caso, con el objeto de que se sirva resolver al respecto y otorgar respuesta directa al reclamante. Transcríbase a don Alfonso Luis Arancibia Vera. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República