Dictamen N° 82939/2021
N° E82939 Fecha: 05-III-2021 A través del oficio de la suma, el Prosecretario de la Cámara de Diputados ha remitido una presentación mediante la cual el diputado señor Jaime Naranjo Ortiz solicita una investigación acerca de la transferencia a título oneroso, efectuada por el Fisco de Chile a la Sociedad Asociación Embalse Digua, de la propiedad del canal Alimentador Digua, del canal Perquilauquén Cato y de la bocatoma Remulcao, los que forman parte del sistema de riego Digua, ubicado en la comuna de Parral, provincia de Linares, Región del Maule. También, consulta si el Ministerio de Obras Públicas se encuentra facultado para realizar ese tipo de ventas y, en caso afirmativo, si fue suficiente el precio fijado, ascendente a 5.000 unidades de fomento. Por otra parte, se ha recibido el reclamo de un recurrente bajo reserva de identidad, relativo a la situación de retazos de terreno que quedaron comprendidos en la indicada transferencia, pero que se encontraban destinados a una escuela y una posta de la Municipalidad de Parral, y a un Retén de Carabineros. Al respecto, cumple con manifestar que la materia de que se trata se encuentra regulada en el decreto con fuerza de ley N° 1.123, de 1981, del Ministerio de Justicia, que establece normas sobre la ejecución de obras de riego por el Estado. En efecto, ese cuerpo normativo, además de facultar al Ministerio de Obras Públicas para transferir, concurriendo las circunstancias y requisitos que pormenoriza, el dominio de las obras de riego construidas con arreglo al mismo -y los terrenos que ocupen- a las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas o, a falta de ellas, a los usuarios, autoriza, en sus artículos 3°, 4° y 7° transitorios, la venta o traspaso gratuito a sus beneficiarios de las obras de riego existentes a la época de entrada en vigencia de dicho decreto con fuerza de ley -cual es el caso de las mencionadas por el recurrente-, en las condiciones que detalla. Precisado lo anterior, y en lo atingente a la transferencia de las obras por las que se consulta, es menester consignar que aquella -que además incluye al embalse Digua- fue sancionada, acorde a la reseñada normativa, por el decreto N° 127, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, el que en su numeral 3 determinó que el costo reembolsable de la infraestructura a que alude es de cinco mil Unidades de Fomento y, en su numeral 6, autorizó “al Director de Obras Hidráulicas o al Director de Obras Hidráulicas de la Región del Maule” para suscribir en representación del Fisco, la escritura pública de traspaso de la obra, terrenos y obras anexas. Luego, en lo que concierne a ese monto, es pertinente anotar que el mismo fue determinado con sujeción a lo prevenido en el artículo 4° del decreto N° 388, de 1982, de la señalada Cartera de Estado -que reglamenta procedimientos para la aplicación de los citados artículos 3°, 4° y 7° transitorios-, según el cual el Consejo de la Comisión Nacional de Riego, con los antecedentes que detalla, resolverá sobre el valor de venta de las obras cuya explotación y patrimonio podrá transferirse a los usuarios, y las condiciones, forma y plazos en que se pagará dicho valor. Lo anterior, consta en las resoluciones exentas N°s. 3.218 y 3.946, de 2013, de la Comisión Nacional de Riego, que ratificaron los acuerdos adoptados por el referido Consejo en sus sesiones N°s. 175, de 25 de julio de 2013, y 178, de 4 de octubre del mismo año, en las que se acordó el monto y forma de reembolso de las obras en comento. Finalmente, corresponde manifestar que el precitado decreto N° 127, de 2015, fue sometido a control previo de juridicidad y tomado razón por este Ente de Fiscalización por estimarse ajustado a la reseñada preceptiva. Pues bien, en ese contexto, esta Contraloría General es del parecer que no concurren circunstancias que, en esta oportunidad, ameriten incoar una investigación sobre la transferencia aprobada por dicho decreto. En diverso orden de ideas, y sin perjuicio de lo anterior, es menester consignar que los pareceres recabados -con motivo de la antes mencionada presentación bajo reserva de identidad- de la Dirección de Obras Hidráulicas y de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, ambas de la Región del Maule, y de la Municipalidad de Parral, dan cuenta del hecho de haberse incluido en la respectiva escritura pública de transferencia de las obras de que se trata -suscrita en representación del Fisco por el Director de Obras Hidráulicas- retazos de terreno que se encontraban destinados a una escuela y a una posta de esa entidad edilicia, y a un Retén de Carabineros. Siendo así, en armonía con lo señalado en el informe de la primera de esas reparticiones -contenido en su oficio D.O.H.R. del Maule N° 605, de 2020-, y con lo expresado en el oficio DOH N° 4.732, de 2019, del Director de Obras Hidráulicas -adjunto a los antecedentes, y que se encuentra dirigido al Coordinador de Solicitudes al Gabinete de la Subsecretaría de Obras Públicas con motivo de una presentación ante ésta del singularizado municipio-, se ha considerado pertinente requerir a esa Dirección para que comunique a la Coordinación Nacional de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la División de Auditoría de este Organismo de Control -en el plazo de 20 días contado desde la recepción de este dictamen- las medidas que ha estimado oportuno adoptar en función de dicha situación. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República