Dictamen N° 83152/2014
N° 83.152 Fecha: 27-X-2014 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases de licitación pública para la contratación de un servicio de vigilancia para las dependencias de ese recinto hospitalario, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe manifestar que, en relación con lo previsto por el inciso tercero del N° 8 de las bases administrativas en orden a que esa institución podrá readjudicar la licitación cuando el contrato no se suscriba oportunamente por causas imputables al mismo Hospital y producto de ello el proponente adjudicado se desista de su oferta, esta Entidad de Fiscalización entiende que dicho desistimiento sólo será procedente una vez expirada la vigencia de la garantía de seriedad de su oferta. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que les pudiere caber a aquellos funcionarios por no concurrir oportunamente a suscribir el acuerdo de voluntades. Asimismo, en relación con la devolución de la garantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas han sido declaradas inadmisibles o desestimadas, regulada en el N° 9.a. del pliego de condiciones en examen, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República