Dictamen N° 83363/2015
N° 83.363 Fecha: 20-X-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que declara y califica como urgente la contratación de la consultoría “Diseño para la Construcción de un Laboratorio de Tsunami” y aprueba convenio ad referéndum celebrado al efecto, por cuanto no se han acompañado el “Anexo N° 1: Proposición de estudio y presupuesto de la empresa”, ni los términos de referencia, a que se alude en las cláusulas quinta y séptima, respectivamente. Enseguida, el plazo de vigencia establecido en la cláusula novena para la garantía de fiel cumplimiento, es menor al necesario para el desarrollo de la consultoría. Luego, la regulación concerniente al término anticipado del contrato, su vigencia y modificaciones -cláusulas décima, décima tercera y décima cuarta, respectivamente- se aparta de lo dispuesto en el Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas. Además, resulta impropia, la cita de la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, que se efectúa en la cláusula novena del acuerdo. Enseguida, se omitió consignar en el resuelvo N° 4 del documento en estudio, el código BIP al cual se imputa el gasto que irroga la contratación que se aprueba. Así también, en la aludida cláusula séptima se ha omitido consignar que para el pago de la tercera y última etapa será necesaria la aprobación de la consultoría en los términos prescritos en el artículo 81 del referido reglamento. Finalmente, cabe añadir que se deberán inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, en el dictamen 16.548, de 2015, entre otros, de este órgano de control, lo que no ocurrió en esta oportunidad. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación