Dictamen N° 83609/2016
N° 83.609 Fecha: 18-XI-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad-referéndum N° 1 relativo a la asesoría a la inspección fiscal del contrato “Mejoramiento ruta 41-CH sector Puente El Camarón - La Laguna, provincia del Elqui, región de Coquimbo”, por cuanto no resultan suficientes las razones indicadas en la cláusula segunda del pacto sancionado, para justificar el incremento de servicios -consistente en la incorporación de 1 topógrafo, 1 laboratorista y 2 alarifes- atendido que, al convocar a la licitación respectiva y formular los requerimientos de cantidad y calidad del personal con que debía contar el consultor para el adecuado desarrollo de sus funciones, ese servicio tuvo a la vista la naturaleza y envergadura de la obra. Adicionalmente, “mantener dicho control durante los días de descanso legal del personal vigente” como fundamento de la variación de los servicios no se aviene con el artículo quinto de las bases de concurso -sancionadas por la resolución N° 227, de 2009 de la Dirección General de Obras Públicas-, que prevé que “en caso de existir periodos de bajada de la empresa constructora, la Asesoría deberá dejar el personal que el inspector estime necesario”. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación