Dictamen N° 83670/2015
N° 83.670 Fecha: 21-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Contreras Vilches, exfuncionario de la Fuerza Aérea, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para obtener una indemnización por años de servicio, con motivo de su desvinculación. Sobre el particular, cabe señalar que el aludido beneficio se contempla en el Código del Trabajo, el que no rige al personal a contrata -condición que tenía el interesado-, el cual se encuentra afecto a la preceptiva contenida en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, tal como se precisó en el dictamen N° 4.768, de 2011, de este origen. A continuación, en lo que atañe al entero de horas extraordinarias que requiere, es menester indicar, de conformidad con lo previsto en el artículo 140, en relación con el artículo 185, letra h), ambos del citado texto estatutario, que ese estipendio se confiere a los médicos y paramédicos civiles de los establecimientos hospitalarios de las Fuerzas Armadas, agregando el artículo 141 del mismo ordenamiento, que los Comandantes de Unidades y jefes de Repartición podrán disponer trabajos extraordinarios para el personal a jornal hasta un máximo de dos horas diarias, calidades que no poseía el señor Contreras Vilches, de modo que careció del derecho al pago que reclama. Es todo cuanto cabe informar al tenor de lo solicitado. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante