Dictamen N° 83841/2016
N° 83.841 Fecha: 21-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución indicada en el epígrafe, mediante la cual se llama al concurso para proveer el cargo de jefe de departamento que se menciona, y se aprueban las bases para llevar a efecto el respectivo certamen, por encontrarse ajustada a derecho. Sin embargo, cumple con hacer presente que en la tabla desplegada en el numeral VII de las referidas pautas, subfactor ‘estudios de especialización’, etapa I, en armonía con lo señalado en el ítem N° 2.4 de las mismas y el artículo 2° del decreto N° 20, de 2011, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Laboratorios Clínicos, deben entenderse comprendidos, además de los estudios que allí se mencionan, los correspondientes a anatomía patológica. Asimismo, en cuanto al punto N° 7.1, de las aludidas pautas concursales, que fija la metodología para evaluar, entre otros, el subfactor ‘formación educacional’, debe entenderse que no solo alude al título profesional que ostente el candidato, como allí se expresa, sino también a otros estudios que posea el postulante, de conformidad a lo contemplado en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2000, del Ministerio de Salud; el artículo 12, letra d), de la ley N° 18.834 y la regulación contenida al efecto en la citada tabla. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República