Dictamen CGR

Dictamen N° 83921/2014

2014-10-29 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Funcionario del Ejército nombrado oficial antes de la vigencia del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, no puede conservar el sobresueldo previsto en la letra a) de artículo 186 de dicho ordenamiento

N° 83.921 Fecha: 29-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Manuel Rojas Barra, funcionario del Ejército, solicitando que se reconozca el derecho que le asistiría para continuar percibiendo, después de su designación como Oficial, el sobresueldo de especialista en mecánica, lo que en opinión de ese organismo, no resultaría procedente. En relación con la materia, se debe hacer presente, que según los antecedentes tenidos a la vista, a contar del 1 de enero de 1983, al peticionario se le reconoció la especialidad y sobresueldo de mecánico de vehículos motorizados y que el 1 de enero de 1996, fue designado como Oficial. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 186, letra a), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dispone, en lo pertinente, que el indicado estipendio se concederá al personal del cuadro permanente cuando acredite una especialidad en mecánica, beneficio que se mantendrá en caso de ser nombrado Oficial. Enseguida, es necesario recordar, tal como se precisó, en síntesis, en los dictámenes N os 17.637 y 35.423, ambos de 2000, de este origen, que el derecho a conservar el sobresueldo, es un beneficio nuevo que sólo se estableció en el mencionado cuerpo legal y supone, para su mantención, que el funcionario lo esté percibiendo al momento de ser designado Oficial, lo que le permite, no obstante no ejercer la especialidad, continuar gozando de aquél. Ahora bien, conforme a lo anotado en la misma jurisprudencia, dado que el citado texto normativo, entró a regir el 27 de Octubre de 1997, procede reconocer el sobresueldo en análisis en forma permanente sólo al personal que hubiese sido designado como Oficial con posterioridad a esa data, lo que no ocurre en la especie. En efecto, según lo informado por el Ejército el señor Rojas Barra fue nombrado Oficial a contar del 1 de enero de 1996, por lo que cabe concluir que carece del derecho que pretende. Transcríbase al Ejército. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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