Dictamen N° 84340/2016
N° 84.340 Fecha: 22-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución Nº 59 del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio celebrado por trato directo para la "Tercera campaña de inyecciones y obras anexas del embalse Chacrillas, región de Valparaíso”, pero cumple con precisar, en lo que concierne al pago de las obras y su medición -parte II del acuerdo, “Condiciones técnicas y condiciones de pago”-, que se deberá tener presente lo dispuesto en el artículo 154 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto Nº 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Enseguida, es dable agregar que la alusión a suspensión o paralización contenida en la letra B, parte II del pacto, en atención a su materia, dice relación con la técnica de los trabajos, y no con el desarrollo del contrato. Luego, en los documentos tenidos a la vista se alude a que se desafectó del contrato “Segunda campaña de Inyecciones y obras anexas del embalse Chacrillas” -aprobado por la resolución Nº 118, de 2015, de la Dirección de Obras Hidráulicas- el tramo del plinto y que tuvo lugar un ajuste de cubicaciones, además, el convenio de la especie, en el acápite “Retiro de instalación de faenas”, menciona que debe rebajarse la partida “1.2 retiro de instalación y faena” de aquel contrato -que es incluida en el presente-. En atención a lo señalado en el párrafo precedente, la regularidad de la ejecución y de las modificaciones respecto de cada contratación se verificará en el análisis de juridicidad que debe efectuar esta Entidad de Fiscalización en relación a los actos administrativos que aprueben las liquidaciones pertinentes. Por su parte, también se da curso a la resolución Nº 67 de la suma, que aprueba el contrato de asesoría técnica y administrativa de la mencionada obra, precisando que el cuadro que contiene el programa de apoyo de personal en el punto 2.20 corresponde a cuatro meses, y no al plazo que se anota en el punto 2.19. A mayor abundamiento, conforme al punto 2.16 del convenio, el plazo de la consultoría corresponde a 120 días. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación